Con referencia a la estructura de la Educación Primaria, en la nueva Ley Orgánica de Calidad de la Educación no se presenta ningún cambio significativo respecto a la situación actual.
Igualmente, se mantienen los criterios de acceso de un ciclo educativo a otro, contemplándose, en consecuencia, la posibilidad de que los alumnos que no hayan alcanzado los objetivos correspondientes establecidos en el currículo puedan permanecer un curso más en el mismo ciclo.
Los alumnos accederán de un ciclo educativo a otro siempre que hayan alcanzado los objetivos correspondientes. En el supuesto de que un alumno no haya conseguido dichos objetivos, podrá permanecer un curso más en el mismo ciclo con las limitaciones y condiciones que, de acuerdo con las Comunidades Autónomas, establezca el Gobierno en función de las necesidades educativas de los alumnos.
Los alumnos accederán al ciclo siguiente si han alcanzado los objetivos correspondientes establecidos en el currículo. Cuando un alumno no haya alcanzado los objetivos, podrá permanecer un curso más en el mismo ciclo. Esta medida podrá adoptarse una sola vez a lo largo de la Educación Primaria. (ARTÍCULO 16.2).
La novedad presentada en el proyecto de Ley Orgánica de Calidad es la implantación, al final de la Educación Primaria, de una evaluación general de diagnóstico -sin efectos académicos- que versará sobre las competencias básicas del currículo correspondiente a este nivel educativo.
Las Administraciones educativas realizarán una evaluación general de diagnóstico , que tendrá como finalidad comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas de este nivel educativo. Esta prueba carecerá de efectos académicos y tendrá carácter informativo y orientador para los centros, el profesorado, las familias y los alumnos. (ARTICULO 17).